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El FEGA publica sendas circulares con los Planes de Control tanto de las ayudas acopladas como las de Agroambiente y Clima

El Fondo Español de Garantía Agraria ha publicado sendas circulares en las que se fijan los controles que se van a realizar, dentro de la PAC de 2019, tanto para las ayudas acopladas como para las prácticas beneficiosas para el agroambiente y clima

Para descargar las circulares, pinchar en estos enlaces:

PAGOS ACOPLADOS

El presente Plan de controles para las ayudas Acopladas tiene como objeto establecer los controles mínimos a realizar en el marco del Sistema Integrado de Gestión y Control de determinados regímenes de ayuda por superficie y marca las directrices para que tanto los controles administrativos como sobre el terreno aseguren la comprobación eficaz de las condiciones de concesión de las ayudas.

Estos controles se aplicarán a las siguientes ayudas:

  • Ayuda asociada al cultivo del arroz.
  • Ayuda asociada a los cultivos proteicos.
  • Ayuda asociada a los frutos de cáscara y las algarrobas.
  • Ayuda asociada a las legumbres de calidad.
  • Ayuda asociada a la remolacha azucarera.
  • Ayuda asociada al tomate para industria.
  • Pago específico al cultivo del algodón. 

Entre las novedades introducidas por el Real Decreto 1172/2015, de 29 de diciembre, se incluye la posibilidad, en cuanto la declaración de las parcelas agrícolas de la explotación, que en el caso de las tierras de cultivo se pueda indicar más de un producto por campaña y parcela, por lo que procede establecer los criterios de control pertinentes a efectos de conocer si los solicitantes de determinadas ayudas asociadas voluntarias por superficie respetan o no las condiciones y requisitos establecidos en la normativa vigente.

Para garantizar una aplicación armonizada de la reglamentación comunitaria y de la normativa básica de desarrollo de competencia estatal, así como la igualdad de tratamiento entre los solicitantes de la referida ayuda, resulta necesario establecer unos criterios mínimos a efectos de que las actuaciones de los organismos pagadores, en el ejercicio de sus competencias, se realicen de forma coordinada, para lo cual se ha consensuado la presente Circular.