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El FEGA fija en 1,43% el coeficiente de retorno a los agricultores y ganaderos de la disciplina financiera de la PAC 2020

El Fondo Español de Garantía Agraria ha fijado el Coeficiente definitivo de reembolso de la disciplina financiera aplicada en el ejercicio financiero 2020, a aplicar a los pagos superiores a 2.000 EUR, para aquellos beneficiarios sujetos a la reducción por disciplina financiera en el ejercicio financiero 2021.

El artículo 26.5 del Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y de Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la PAC establece que los Estados miembros deben reembolsar los créditos prorrogados a los que se refiere el artículo 169.3 del Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012, a los perceptores finales sujetos al porcentaje de ajuste, en el ejercicio al que se prorroguen los créditos.

El Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1769 de la Comisión, de 25 de noviembre de 2020, fijó para España la cantidad de 59.526.083 EUR para su reembolso a los perceptores finales que estén sujetos a la disciplina financiera en el ejercicio 2020, que son todos aquellos que reciban pagos por encima de 2.000 EUR correspondientes al año de solicitud 2020, así como aquellos a los que se les vayan a efectuar pagos tardíos de campañas anteriores (años civiles 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019) en dicho ejercicio financiero.

En base al reglamento anterior el 1 de diciembre de 2020 el FEGA estableció, con carácter provisional, una tasa de reembolso de la disciplina financiera del 1,43%.

Posteriormente, teniendo en cuenta la información de los pagos efectuados por las comunidades autónomas hasta el 27 de abril de 2021, así como de las previsiones comunicadas por las mismas en el mes de mayo sobre los importes pendientes de pago correspondientes al ejercicio financiero 2021, incluidos los de la Comunidad Autónoma de Canarias, este Organismo revisó los cálculos estimatorios efectuados el pasado mes de noviembre verificándose que no procedía modificar la tasa provisional establecida.

Por ello el FEGA ha confirmado a los Organismos Pagadores de las Comunidades Autónomas el valor de 1,43% como tasa de reembolso definitiva de la disciplina financiera del ejercicio financiero 2020, a aplicar a los pagos superiores a 2.000 EUR para aquellos beneficiarios sujetos a la reducción de la disciplina financiera en el ejercicio financiero 2021.